miércoles, 17 de mayo de 2017

Licencias de obras menores

La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, a la luz de la Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles de 2007 (Carta de Leipzig), considera una carga desproporcionada para la actividad empresarial requerir una licencia o comunicación que no pretende evitar riesgos para el medio ambiente o la seguridad, tras constatar que la administración española en este tipo de licencias por obras menores se limita a sellar, certificar o concederla con el solo requisito del pago de tasas, lo que revela un ánimo puramente recaudatorio y como tal, incompatible con el derecho comunitario.
Así pues, en esas condiciones, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara incompatible con la normativa comunitaria la exigencia por el Reino de España de licencias, autorizaciones, declaraciones o comunicaciones, urbanísticas o ambientales, que respondan a obras técnicamente sencillas y cuyo impacto o cuantía sean ínfimas y considerando en todo caso incompatibles las que supediten su obtención al mero abono de tasas o tarifas

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